El adolescente de 14 años falleció tras el choque en el que también murió un joven de 18 años y otras cinco personas resultaron heridas. El abogado Miguel Cassettai explicó qué ocurre con la causa penal y qué posibilidades tienen las familias de las víctimas de reclamar por los daños.
Tras la muerte del adolescente de 14 años que conducía la camioneta involucrada en el choque fatal ocurrido el domingo en San Vicente, una de las principales dudas es qué ocurrirá judicialmente con sus padres.
Consultado sobre la situación penal, el abogado Miguel A. Cassettai explicó que rige el principio de personalidad de la pena. Por lo tanto, la responsabilidad penal corresponde exclusivamente a quien realizó el hecho y no se transmite a los padres por el solo hecho de ser progenitores.
Además, al haber fallecido el adolescente, la acción penal se extingue por su muerte, conforme al artículo 59 del Código Penal. De esta manera, la investigación ya no puede avanzar con una acusación penal contra el menor fallecido.
Qué puede pasar con los padres
La situación es diferente en el ámbito civil. Otroa fuente judicial consultada explicó que las familias de las personas fallecidas y de quienes resultaron heridas podrían iniciar reclamos por daños y perjuicios contra quienes eventualmente resulten responsables.
En ese análisis será importante determinar quién era el titular de la camioneta y quién tenía su guarda al momento del accidente. También podrían quedar bajo análisis los bienes y el patrimonio de las personas alcanzadas por una eventual responsabilidad civil.
El padre del adolescente, Ricardo Rivero, afirmó después del choque que su hijo había tomado la camioneta sin autorización. Ese dato también deberá ser considerado al momento de establecer las circunstancias en las que el menor accedió al vehículo.
Otro de los puntos a determinar será la cobertura del seguro. Debido a que el adolescente tenía 14 años y no contaba con licencia para conducir, la aseguradora podría plantear una exclusión de cobertura, cuestión que deberá resolverse conforme al contrato y a las circunstancias del siniestro.
Así, mientras la muerte del adolescente extinguió la acción penal en su contra, las familias de las víctimas todavía podrían recurrir al fuero civil para reclamar una reparación por los daños derivados del accidente.
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