Eldorado: aclaran quiénes pueden podar o talar árboles y cuándo se necesita autorización municipal

Eldorado: aclaran quiénes pueden podar o talar árboles y cuándo se necesita autorización municipal

Mueblería HyG

El Depar­ta­men­to de Arbo­la­do Urbano explicó las respon­s­abil­i­dades de los veci­nos según la ubi­cación de cada ejem­plar. Los árboles den­tro de propiedades pri­vadas pueden ser inter­venidos por sus propi­etar­ios, mien­tras que los ubi­ca­dos en veredas y plazas están bajo la órbi­ta munic­i­pal.

La Munic­i­pal­i­dad de Eldo­ra­do, a través del Depar­ta­men­to de Arbo­la­do Urbano, difundió una serie de aclara­ciones sobre las nor­mas para realizar tra­ba­jos de poda y tala de árboles en la ciu­dad.

El obje­ti­vo es ordenar las inter­ven­ciones sobre el arbo­la­do, pro­mover un mane­jo respon­s­able del espa­cio verde y evi­tar tra­ba­jos sin autor­ización en lugares que son de dominio públi­co.

Des­de el área téc­ni­ca señalaron que la prin­ci­pal difer­en­cia está deter­mi­na­da por la ubi­cación del árbol: si se encuen­tra den­tro de una propiedad pri­va­da o sobre la vía públi­ca.

Árboles dentro de propiedades privadas

Cuan­do el ejem­plar está ubi­ca­do den­tro de los límites de un ter­reno par­tic­u­lar, el propi­etario puede realizar las tar­eas de poda o apeo (tala) por sus pro­pios medios.

Según la infor­ma­ción difun­di­da por el munici­pio, en estos casos no es nece­sario trami­tar per­misos ni autor­iza­ciones ante la Munic­i­pal­i­dad.

¿Qué sucede con los árboles de las veredas y plazas?

La situación es difer­ente cuan­do los árboles están ubi­ca­dos en espa­cios públi­cos, como veredas y plazas.

En esos casos, las inter­ven­ciones cor­re­spon­den a la Munic­i­pal­i­dad. Si un fren­tista nece­si­ta realizar una poda o tala por sus pro­pios medios, deberá con­tar pre­vi­a­mente con la autor­ización del Depar­ta­men­to de Arbo­la­do Urbano.

Buscan ordenar las intervenciones en la ciudad

Des­de el área munic­i­pal indi­caron que estas pau­tas bus­can estable­cer con clar­i­dad las respon­s­abil­i­dades de los veci­nos y del munici­pio, además de pre­venir daños al pat­ri­mo­nio públi­co y a las redes de ser­vi­cios.

La ubi­cación del árbol es, por lo tan­to, el cri­te­rio cen­tral para deter­mi­nar quién puede inter­venir­lo y bajo qué condi­ciones.

4 claves sobre la poda y tala de árboles

  • Den­tro de una propiedad pri­va­da: el propi­etario puede realizar la poda o tala sin autor­ización munic­i­pal, según la guía difun­di­da.
  • En veredas y plazas: las inter­ven­ciones cor­re­spon­den a la Munic­i­pal­i­dad.
  • Tra­ba­jos por cuen­ta propia en espa­cios públi­cos: requieren autor­ización pre­via de Arbo­la­do Urbano.
  • Obje­ti­vo: ordenar el man­ten­imien­to del arbo­la­do y pre­venir daños al espa­cio públi­co y a los ser­vi­cios.

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